Condiciones que Debe Cumplir una Empresa Manejadora de Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos para la Actividad de Almacenamiento para Mantener la Vigencia de su Autorización

Mercancías Peligrosas

Condiciones que Debe Cumplir una Empresa Manejadora de Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos para la Actividad de Almacenamiento para Mantener la Vigencia de su Autorización.

  1. Se prohíbe el manejo de sustancias, materiales y desechos peligrosos que no estén debidamente indicados en la Autorización vigente.
  2. Se prohíbe la disposición de sustancias, materiales o desechos peligrosos en cuerpos de agua y en terrenos públicos o privados no autorizados para tal fin.
  3. Se debe contar con un plan de emergencias actualizado que contemple Guías de Respuesta a Emergencias para cada tipo de sustancia o desecho peligroso según lo indicado en la Norma COVENIN 2670.
  4. Durante las operaciones de manejo de las sustancias y desechos peligrosos debe estar presente un supervisor a fin de garantizar que se cumplan todas las medidas de seguridad para prevenir la ocurrencia de accidentes o incidentes.
  5. En caso de presentarse un accidente o incidente, el mismo debe reportarse a la Autoridad Ambiental Nacional en sus Direcciones Estadales.
  6. Se debe mantener vigente la Póliza de Responsabilidad Civil General y la misma debe cubrir los costos de indemnización por posibles daños causados a terceras personas o a sus bienes, así como también los costos de recuperación o saneamiento ambiental derivados del ejercicio de la actividad de manejo de sustancias peligrosas. La renovación de la póliza debe consignarse ante la Dirección Estadal que corresponda, a los fines del respectivo control posterior. El incumplimiento de este requisito puede dar lugar a la suspensión o revocatoria de la autorización.
  7. Las actividades relacionadas con el almacenamiento de sustancias, materiales y desechos peligrosos deben realizarse en las sedes indicadas en la Autorización.
  8. Las áreas de almacenamiento deben estar diseñadas de acuerdo al tipo de sustancias y desechos a almacenar, su nivel de riesgo, las condiciones peligrosas presentes, la cantidad a almacenar y el tiempo que permanecerá almacenado.
  9. El área destinada al almacenamiento de sustancias y materiales peligrosos y el diseño y construcción de dichas instalaciones debe reunir las características y la capacidad acorde con el tipo de material a almacenar, su clase de riesgo, las condiciones peligrosas presentes, la cantidad a almacenar y el tiempo que permanecerá almacenado.
  10. El almacenamiento de sustancias y materiales peligrosos debe estar separado del almacenamiento de desechos y de otros materiales incompatibles.
  11. El material debe mantenerse protegido de la intemperie, para que no sea factible su arrastre por el viento, ni el lavado con la lluvia; se deberá contar con sistemas de drenaje que conduzcan a un tanque de almacenamiento de vertidos y con el sistema de tratamiento correspondiente.
  12. Se deberá contar con los equipos de protección para el personal que maneje sustancias, materiales y desechos peligrosos.
  13. El área debe mantenerse delimitada con la señalización de peligro colocada en los lugares de acceso, en forma visible.
  14. El acceso debe estar restringido sólo a las personas autorizadas.
  15. Se deben colocar los símbolos correspondientes al peligro que presentan dichos materiales, de acuerdo con la Norma COVENIN 2670(R) Materiales Peligrosos. Guía de Respuestas de Emergencias e Incidentes o Accidentes.
  16. El piso o la superficie donde se almacenen materiales líquidos deben ser impermeable, cubierto con un material no poroso que permita recoger o lavar cualquier vertido, sin peligro de infiltración en el suelo.
  17. Los envases rígidos para contener sustancias y materiales peligrosos deben ser resistentes a los efectos del material, provistos de tapa hermética y en condiciones que no presenten riesgos de fugas, derrames ni contaminación. Cada envase debe tener la etiqueta que indique nombre del producto, condición peligrosa con su símbolo correspondiente, estado físico, cantidad, procedencia y fecha de envasado.
  18. Los tanques para almacenar sustancias y materiales peligrosos deben ser impermeables y resistentes al material almacenado, colocados en fosas con capacidad suficiente para una contingencia de derrame. El tanque estará identificado con su capacidad, contenido y símbolo de peligro.
  19. Las sustancias y materiales peligrosos que se presenten desagregados, deben ser almacenados en silos, sacos u otros recipientes resistentes, señalizados con el nombre del producto, peso, procedencia y símbolo de peligro. No podrán ser colocados en pilas al aire libre a menos que se trate de sólidos que no puedan ser transportados por el viento, ni desprendan gases o vapores y no ofrezcan peligro de accidentes ni contaminación al ambiente por efecto de lixiviación.
  20. El almacenamiento debe estar alejado de fuentes de calor u otras fuentes de energía, ubicado en una zona no inundable, no expuesto a contingencias como derrumbes, descargas, emisiones u otros vertidos industriales.
  21. El acceso dentro del almacén debe permitir el paso de monta cargas, desplazamiento de los trabajadores que manejan los contenedores y el movimiento de bomberos en caso de contingencia, la disposición de los envases no debe ofrecer peligro de contaminación unos con otros ni de caídas por apilamiento.
  22. Las instalaciones deben contar con sistemas de detección y extinción de incendio, adecuados para el tipo de desecho almacenado.
  23. Las paredes y el techo deben ser del material y diseño adecuado al riesgo que presenta el material, especialmente si es inflamable o explosivo.
  24. La ventilación debe ser preferiblemente natural; si es forzada será calculada con base a las características peligrosas de material almacenado y las condiciones ambientales y climáticas del sitio.
  25. El área debe estar dotada de un sistema de iluminación, con protección contra cortocircuito y contra la intemperie. Debe contar con sistemas de alarma contra incendios.
  26. Si el área es abierta, debe estar provista de pararrayos y no debe estar por debajo del nivel del terreno circundante o por debajo del nivel de inundación por lluvias torrenciales. Si el material es soluble o puede ser lixiviado, no podrá ser almacenado a granel sino envasado o colocado en sitios u otros contenedores protegidos de la lluvia y la humedad.
  27. Debe llevarse un control de entrada y salida de materiales
  28. Los materiales incompatibles entre sí deben almacenarse en áreas separadas o aisladas físicamente para evitar accidentes.
  29. Las empresas que presten servicios ambientales a la empresa deben estar autorizadas de acuerdo con la actividad que realicen. En contratante es corresponsable de un eventual daño causado por las mismas.
  30. Se debe consignar un informe anual sobre las actividades relativas al almacenamiento, indicando material, cantidad, origen, destino, fecha de salida y recepción; en el mismo informe se debe presentar el cumplimiento de las condicionantes establecidas, ante la Dirección Estadal correspondiente.
  31. La renovación de la autorización se debe solicitar con un mínimo de tres meses de antelación a la fecha de vencimiento de la autorización vigente.
  32. Se deben mantener un archivo con la documentación relativa a todos las sustancias, materiales y desechos peligrosos manejados. Indicando cantidades, origen y destino de las mismas.
  33. Se debe contar en un lugar accesible con todas las Hojas de Datos de Seguridad de todos los materiales manejados.
  34. Se debe mantener un programa de capacitación permanente en lo relativo al manejo seguro de sustancias, materiales y desechos peligrosos.
  35. Se debe observar el cumplimiento de otros requisitos legales aplicables.

 

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